¿Es legal no asegurar mi vehículo si lo tengo parado en el garaje y no lo uso?

No, rotundamente no.

¿Cuántas veces hemos oído eso de "es que no tengo seguro porque el coche esta parado en el garaje"?

La Ley de Uso y Circulación de Vehículos a Motor establece que es OBLIGATORIO contratar un seguro que cubra la responsabilidad civil de todos los vehículos que tengan estacionamiento habitual en España.

 

Si, si, ESTACIONAMIENTO HABITUAL EN ESPAÑA. En ningún sentido indican que circulen o no o que estén matrículados o no.

 

En este sentido, se entenderá por ESTACIONAMIENTO HABITUAL EN ESPAÑA cuando:

 

Cuando ostente matrícula española

Cuando tratándose de un vehículo para el que no exista matrícula, pero lleve placa de seguro o distintivo análogo a la matrícula, España sea el Estado donde se ha expedido esta placa o signo

Cuando tratándose de un vehículo para el que no exista matrícula, placa de seguro o distintivo, España sea el Estado del domicilio del usuario

Cuando se trate de un vehículo importado de otro Estado del Espacio Económico Europeo

 

Por todo lo anterior, cuando tengamos nuestro vehículo parado, sea en el garaje, en la calle o en el taller, aunque sea el seguro mínimo e imprescindible DEBE ESTAR ASEGURADO.

El incumplimiento de la obligación de asegurarse determina:

Prohibición de circulación por todo el territorio nacional

El depósito del vehículo, con cargo al propietario, mientras no sea concertado el seguro

Sanción de 601 a 3.005 euros de multa graduada según el vehículo circulase o no, su categoría, el servicio que preste, la gravedad del perjuicio causado y la duración de la falta de aseguramiento

 

Consejo: existen pólizas en el mercado que únicamente cubren la responsabilidad civil obligatorio dejando fuera asistencia en viaje y defensa jurídica por lo que no hay excusa. Podemos cumplir con la legalidad por muy poco dinero.