Coberturas del seguro de Hogar (básicas y opcionales)



Incendio (explosión, caída de rayo, humo, etc.)

La cobertura suele abarcar incendio, explosión e implosión y caída del rayo. La cobertura alcanzará hasta el 100% de los capitales contratados para Continente y/o Contenido así como los daños materiales como consecuencia directa de incendio, explosión o implosión y caída del rayo.

También la mayoría de las Aseguradoras incluyen los daños causados por humo (hasta el 100% de los capitales contratados para Continente y/o Contenido) así como los daños materiales como consecuencia directa de la acción de humo y hollín producido por incendios o por fugas o escapes repentinos y anormales con origen en hogares de combustión o sistemas de calefacción o de cocción, siempre que se encuentren conectados a chimeneas o sistemas de extracción de humo por medio de conducciones adecuadas, con origen en el interior o exterior de la vivienda.

Además esta cobertura básica suele incluir impactos desde el exterior (hasta el 100% de los capitales contratados para Continente y/o Contenido) así como los daños materiales como consecuencia del impacto directo sobre los bienes asegurados debido a:

  •      a) Choque de vehículos terrestres y mercancías transportadas en ellos.
  •      b) Caída de aeronaves, astronaves y partes u objetos desprendidas de ellas.
  •      c) Ondas sónicas producidas por aeronaves o astronaves.
  •      d) Caída de árboles, postes, farolas u otras instalaciones situados en el exterior de la vivienda asegurada y su terreno y sean propiedad de terceras personas.

Robo (atraco, hurto, joyas, dinero en efectivo, etc.)

Hasta el 100% del capital contratado para Continente, los daños y pérdidas materiales de las instalaciones fijas de la vivienda asegurada como consecuencia de robo o su intento.

Contenido

Hasta los límites y exclusivamente en las situaciones que se indican a continuación, los daños y pérdidas materiales de los siguientes bienes que formen parte del contenido asegurado de la vivienda como consecuencia de robo, expoliación o su intento.


Agua (daños por agua, inundación, etc.)

Suele cubrirse hasta el 100% de los capitales contratados para Continente y/o Contenido, los daños materiales en los bienes asegurados como consecuencia directa de:

  •      a) Reventón, rotura, desbordamiento o atasco de conducciones, depósitos o aparatos electrodomésticos.
  •      b) Omisión del cierre o fallo de grifos y llaves de paso.
  •      c) Filtraciones de origen no meteorológico a través de paredes y techos, excluyéndose en todo caso la reparación de su causa.

Fenómenos climatológicos (lluvia, viento, nieve, pedrisco)

Se cubre hasta el 100% de los capitales contratados para Continente y/o Contenido, los daños materiales en los bienes asegurados como consecuencia directa de:

  •      a) Precipitaciones de lluvia superiores a 40 litros por metro cuadrado y hora (dependerá de cada compañía la limitación litros por metro cuadrado).
  •      b) Rachas de viento con velocidad superior a 80 kilómetros por hora (dependerá de cada compañía la limitación del viento).
  •      c) Precipitaciones de pedrisco y nieve, cualquiera que sea su intensidad.

Los anteriores valores mínimos se deben registrar en el observatorio, dependiente de agencias o servicios meteorológicos de carácter oficial, más cercano a la vivienda.

Si no fuese posible obtener datos objetivos o si los registros fuesen inferiores a los indicados, entenderemos que la intensidad es suficiente para la cobertura de los daños siempre que, a juicio del perito o peritos intervinientes, se constate la existencia de daños generalizados en otros inmuebles de sólida construcción, dentro de un radio de 5 Km alrededor del riesgo asegurado.

A los efectos de esta garantía, se suelen considerar daños directos en los bienes asegurados también los producidos por la caída de árboles, postes, farolas u otras instalaciones de su propiedad o de terceras personas, como consecuencia de los fenómenos atmosféricos descritos.

Roturas (lunas, mármol, espejos, granito, vitrocerámica, etc.)

Hasta el 100% del capital contratado para Continente, los gastos de reparación o reposición por resquebrajamiento o fragmentación accidental de bienes que formen parte del continente asegurado y estén debidamente instalados:

  •      a) Cristales en puertas, ventanas, claraboyas y cúpulas y espejos en paramentos.
  •      b) Metacrilatos y materiales similares sustitutivos del cristal.
  •      c) Loza sanitaria de lavabos, inodoros, bidés, platos de ducha y bañeras y de fregaderos y lavaderos.
  •      d) Encimeras fijas al continente de mármol, granito y piedra artificial en cocinas y cuartos de baño.
  •      e) Cristales y espejos de placas solares.

Daños Estéticos

Son los gastos necesarios para restablecer la composición estética anterior a un siniestro cubierto en esta póliza y rota por éste, cuando afecte a partes del continente dentro de la estancia siniestrada de la vivienda asegurada, con independencia de los daños directos. La reparación y reposición se realizará utilizando materiales de características y calidad similares a los originales.

Responsabilidad Civil

Consiste en el pago de las indemnizaciones a terceros que usted deba satisfacer como consecuencia de responsabilidad civil extracontractual por los daños materiales y/o personales, así como por los perjuicios económicos consecuencia directa de dichos daños, a causa de los siguientes hechos derivados de la propiedad del Continente y/o del Contenido asegurados.

Defensa y Fianzas
Asistencia en el hogar
Bricolaje